Trasfuguismo revive en el Senado de la República

Vie, 17/11/2017 - 06:26
Este jueves la comisión primera del Senado de la República aprobó en primer debate la Reforma Política en tan solo dos horas, por lo que ahora solo debe pasar por
Este jueves la comisión primera del Senado de la República aprobó en primer debate la Reforma Política en tan solo dos horas, por lo que ahora solo debe pasar por la plenaria de la Corporación. Este hecho causó gran sorpresa, en especial luego de que el trámite en la Cámara de Representantes tardara más de un mes. La reforma, parte importante en la implementación de los acuerdos de La Habana, también fue aprovechada para introducir un punto que ha causado gran polémica: la apertura de puertas al trasfuguismo. [single-related post_id="783067"] El trasfuguismo, también conocida como 'voltearepismo', es una popular movida política en la que un militante de un partido se pasa a otro ya sea por estar en contra con el proceder del partido o por recibir algún favor o beneficio político que se puede traducir en nombramientos o votos. Durante épocas electorales, como la que estamos viviendo, este modo de actuar es muy común. Congresistas, buscando mantener su curul suelen renunciar a su partido y marcharse a otro en el que tengan más posibilidades de conseguir votos. Sin embargo, el trasfuguismo es castigado actualmente como doble militancia, por lo que un cambio de partido debe realizarse máximo doce meses antes de que se inicie la inscripción de listas para las contiendas electorales. Pero en el texto de la nueva Reforma Política, cuyo ponente es el senador Roy Barreras, se establece que los partidos políticos podrán presentar listas por coaliciones, es decir, candidatos de varios movimientos en la misma lista. [single-related post_id="768486"] También se dice que “quien siendo miembro de una corporación pública decida presentarse a la siguiente elección, por un partido distinto, deberá renunciar a la curul al menos doce (12) meses antes del primer día de inscripciones, salvo que en dicho periodo el partido decida conformar una coalición de listas y el respectivo miembro de la corporación pública por razones ideológicas declare que está en desacuerdo con esta, una vez definida la coalición”. Esto significa, que un militante podría renunciar a su partido y marcharse a otro argumentando razones ideológicas sin recibir una de las sanciones de doble militancia como la nulidad electoral.
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