Consulta minera en Cundinamarca fue suspendida

Vie, 19/10/2018 - 13:40
Por medio de un comunicado, el Consejo de Estado informó que fue decretada la suspensión de la consulta popular minera que estaba programada para el domingo 21 de octubre de 2018 en el municipi
Por medio de un comunicado, el Consejo de Estado informó que fue decretada la suspensión de la consulta popular minera que estaba programada para el domingo 21 de octubre de 2018 en el municipio de San Bernardo, Cundinamarca. Según lo indicó la entidad, la decisión fue tomada por el magistrado Roberto Augusto Serrato Valdés, quien accedió a una medida cautelar que había sido solicitada por un ciudadano que días antes interpuso una acción de tutela contra el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que declaró constitucional la pregunta de la consulta, que busca establecer si los habitantes de ese municipio aprueban o no la realización de trabajos de exploración, perforación y explotación de hidrocarburos en su territorio. Además, explicaron que el pasado 11 de octubre del 2018 la Corte Constitucional dejó sin efectos el fallo que avaló la realización de una consulta minera en Cumaral, Meta, por considerar que no se pueden prohibir actividades de extracción a través de este mecanismo de participación ciudadana. Este sería el motivo que dio pié para suspender la consulta que se iba a realizar en Cundinamarca. 
Teniendo en cuenta esa decisión judicial y ante la proximidad de la consulta convocada para este domingo, la Sala Unitaria decidió acceder a la medida cautelar solicitada y ordenó suspenderla, mientras se dicta el fallo de tutela.
Cabe resaltar que la medida no es definitiva, y que por el contrario, lo único que se hizo fue dejar a consideración de un juez si se realiza la consulta o no. [single-related post_id="964828"] La autonomía de los entes territoriales en materia de uso del suelo y frente a la realización de consultas sobre minería e hidrocarburos no es absoluta, pues debe ejercerse respetando los principios de concurrencia y coordinación con la Nación. De ahí que no pueda utilizarse este mecanismo de participación para definir asuntos de esta naturaleza, mientras el legislador no haya reglamentado cuál es el instrumento adecuado para garantizar la participación de la comunidad en estas decisiones. ¡Haga clic aquí y conozca en tiempo real toda la información de Colombia y el mundo!
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